Poco conocidos hechos sobre vecinos morosos.

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Aunque podríamos meternos en materia en diferentes temas, solo vamos a contestarle a la pregunta. El Administrador de fincas no determina cuando se debe meter a un propietario en querella. Es la Agrupación de gobierno quien en reunión deciden certificar la deuda e iniciar un procedimiento procesal.

Gracias por su pronta respuesta. Pero imagino que a las personas deudoras no se les podra nombrar o decir el piso que tiene la deuda en Agrupación de comunidad, sin embargo que se incurria en difamacion no es asi?

La Comunidad cuando inicia un procedimiento monitorio puede acumular las acciones contra los diferentes propietarios morosos en un solo procedimiento, sin embargo, se desaconseja esta comportamiento y se aconseja que haya tantos procedimientos como demandas a los diferentes propietarios.

El ejemplo que te he ido exponiendo a lo prolongado de este post es un caso Vivo, sucedido en uno de los centenares de procesos de desahucio que he tramitado.

Respecto de gastos extraordinarios, una cosa son las reglas para la aprobación del desembolso (algunas obras son obligatorias para todos) y otra la conveniencia del momento concreto de realizarlas. Conviene tener todo en cuenta, según las circunstancias de cada comunidad. Es cierto que siempre habrá vecinos que se opongan en las Juntas a cualquier compra, y esto no puede suponer un sitio permanente de la actividad: hay que tomar decisiones, acometer reformas, contratar o modificar servicios, etc.

Según el “Estudio Integral sobre la Morosidad” cuidado por CGCAFE (ver fuente), aproximadamente el 50% de la deuda comunitaria está comprendida por vecinos que por su situación económica no pueden hacer frente a los pagos comunitarios, por la contra, el otro 50% de la deuda la forman propietarios que no quieren pagar: vecinos que no pagan la cuota SI pudiendo hacer frente al plazo (25%) y entidades financieras y sociedades inmobiliarias que son propietarias de los inmuebles y no se hacen cargo de sus deudas con la comunidad (25%).

Normalmente, cuando el Secretario Procesal realice y firme el Decreto de adjudicación del aceptablemente. Este decreto se puede considerar el equivalente a la escritura pública.

Desde Adminfergal, le aconsejamos que se quite la deuda pendiente o al menos llegue a algún acuerdo de liquidación de deuda y lo vaya haciendo en los sucesivos meses, de esta forma evitará que se le vaya acumulando mas gastos ajenos a la propia deuda.

El presidente de la comunidad debe ser un propietario del edificio. Tiene que ser una persona veterano de antigüedad, y que se encuentre en pleno uso de sus facultades mentales.

Como no obstante hemos dicho nos encontramos delante un procedimiento monitorio específico, por lo que, para el inicio del procedimiento será necesario realizar las siguientes acciones:

En el caso de que haya un usufructo de la vivienda, la deuda le corresponderá siempre abonarla al nudo propietario.

Dicho todo click here lo previo, si en tu comunidad contáis con un vecino moroso que no está por la costura de abonar la deuda amistosamente, os invitamos a que iniciéis los tramites de la demanda.

El punto de partida de este procedimiento monitorio «peculiar» es la facultad de la comunidad de propietarios acreedora de protestar, a los propietarios de inmuebles pertenecientes a la misma, las deudas de manera ágil y rápida.

Lo ideal es restringir los gastos comunes e individualizar los consumos en la medida de lo posible, como está ocurriendo con las calefacciones centrales (vea los plazos obligatorios). 

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